Cuando no haya finalizado el trayecto o no se haya iniciado no se considerará accidente in itinere. Por ejemplo, si en accidente se produce en casa del trabajador antaño de ocurrir iniciado el trayecto o cuando no obstante haya llegado a su casa.El Ministerio del Trabajo Detallará los criterios técnicos con base en los cuales las Entidades Admi